FRATERNIDAD HISPANA DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS
(FHAD)




1.- NOMBRE. Fraternidad Hispana de las Asambleas de Dios. Sus siglas serán FHAD
2.- INTEGRANTES:
2.1. Los Directivos y Líderes de las Entidades Acreditadas.
2.2. Las Entidades Acreditadas serán representados por sus Líderes, Misioneros y Ministros Ordenados que asistan a las reuniones de FHAD, pero solo tendrán derecho a voz y voto 7 (siete) delegados designados por cada una de las Entidades Acreditadas.
2.3. Tendrán derecho a voz y voto los ejecutivos en ejercicio de FHAD.
2.4. Los Representantes de Misiones Mundiales de las Asambleas de Dios de Estados Unidos y sus Directores de Áreas.
2.5. Un delegado de cada una de las diversas comisiones de FHAD durante su período de gestión.
3.- TERRITORIO:
Todos los Concilios Hispanos, incluyendo los distritos o ministerios del mismo idioma de cualquier parte del mundo, que pertenezcan a la Asambleas de Dios.
4.- RAZÓN DE SER:
4.1 Proveer un espacio para el dialogo, el intercambio y la cooperación.
4.2 Fortalecer los principios de nuestra fe en los países comprendidos.
- Orientar en su desarrollo y alcance a los ministerios internacionales.
4.4 No hay fines legislativos que se impongan a los países, solo será de comunión fraternal y ayuda mutua.
4.5 Mantener una estrecha relación y comunicación entre los Directivos y Líderes del área integrada.
- Las Comisiones y Ministerios Internacionales servirán de carácter consultivo y sus actividades en los países serán por invitación del Ejecutivo Nacional en armonía con la directiva de FHAD.
- Elaborar programas de oración.
5.- CUERPOS DIRECTIVOS:
5.1 ASAMBLEA GENERAL: Integrada por todos los delegados, 7 (siete) de cada entidad acreditada con derecho a voz y voto, su reunión será trienal convocada por la Directiva General.
- CONSEJO GENERAL: Integrado por la Directiva General y los Presidentes o Superintendentes de cada entidad acreditada. Su reunión será trienal alternadamente a la Asamblea General, convocada por la Directiva General, en donde evaluarán los avances y ofrecerán mediante cooperación mutua aportar soluciones a las necesidades de la obra en las entidades acreditadas, nombrando a su vez los Ministerios y Comisiones pertinentes.
- DIRECTIVA GENERAL: Integrada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un vocal general (cada uno representando a un área diferente), más un vocal por cada área que se designe. Se reunirán anualmente y cada vez que se requiera. Los candidatos nominales para ocupar esta Directiva serán los Presidentes o Superintendentes de los Entidades Acreditadas y los que hayan desempeñado cargos en la Directiva en los períodos anteriores o en alguno de sus ministerios y comisiones.
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6.- DEBERES DE LA DIRECTIVA GENERAL:
- Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias generadas por las necesidades de la obra. Decidir planes y programas en conjunto con los Ministerios y Comisiones. Mantener actualizado el directorio de todos los integrantes. Elaborar el programa de cada reunión de la Asamblea General y el Consejo General previamente. Administrar los fondos para emergencias.
- PRESIDENTE: Velar por el cumplimiento de los acuerdos. Recibir y contestar correspondencia a su cargo. Actuar en acuerdo con el Ejecutivo de cada país cuando esté en visita oficial. Presidir las sesiones oficiales. Cumplir con los deberes inherentes a su cargo.
- VICEPRESIDENTE: Ocupar la presidencia en caso de ausencia temporal o definitiva del Presidente. Realizar los trabajos que le sean encomendados.
- SECRETARIO: Levantar las actas y las minutas de las sesiones y publicarlas en coordinación con el Presidente y mantener actualizado el Directorio de todos los integrantes.
- TESORERO: Guardar los fondos y rendir informes sobre los mismos a la Directiva General y en la Asamblea General.
- Vocal General: Servir de suplente cuando por alguna razón falte un miembro de la Directiva. Realizar los trabajos que le sean encomendados.
- VOCAL: Representar al Consejo en su área específica. Realizar los trabajos que le sean encomendados.
7- ELECCIONES:
Para la Directiva General se harán las elecciones mediante el sistema de balotas y el candidato ganador en cada caso deberá tener la mitad más uno de los votos. La duración en el cargo será por tres años y serán electos por la Asamblea General, pudiendo ser reelectos.
8.- FINANZAS:
Para sufragar los gastos ordinarios se recibirá de las Entidades Acreditadas una cuota anual estipulada por la Directiva General.
9.- ENTIDADES ACREDITADAS:
Todos aquellos Concilios Nacionales, Distritos y Ministerios Hispanos aún de países en donde el idioma nacional oficial sea distinto al nuestro, cuya doctrina, gobierno e identidad sea de las Asambleas de Dios.
10.- ACUERDOS:
En la reunión del Consejo General se nombrará una Comisión de Resoluciones, la cual se encargará de recibir las mociones de las entidades acreditadas para presentarlas a la Asamblea General. Se podrán enmendar estos artículos en cualquier Asamblea General por el voto de las dos terceras partes.
11.- REGLAMENTO:
En esta Fraternidad no habrá más reglamento de lo que esta Constitución fraternal establece.
12.- REGLAS PARLAMENTARIAS:
Hasta donde sea posible, se utilizará el sistema de Reglas Parlamentarias ad hoc de las Asambleas de Dios, con la ayuda el Espíritu Santo.